CLUB DE TIRO OLÍMPICO

HUERCALENSE

 

 

 


 

                   

TRÁMITES

                                          

La necesidad de usar armas de fuego para practicar algunas de las disciplinas de este deporte hace necesarios algunos trámites diferentes a cualquier otra actividad deportiva.

Se pueden dividir estos trámites en tres grupos:

  • Ingreso en el Club.
  • Habilitación deportiva con la Federación.
  • Obtención de la licencia de armas de fuego.

                             

Ingreso en el Club.

En principio hay rellenar un pequeño cuestionario y pagar una cantidad como cuota de ingreso, y posteriormente el pago de unas cuotas, mensuales que se abonan en los primeros días el año en curso, con lo que adquirirá la categoría de socio del Club, requisito necesario para darse de alta en la Federación.

Además, es necesaria una fotocopia del D.N.I. dos fotografías, y un número de cuenta bancaria para que le podamos emitir los recibos.

        Como cuota de ingreso o matrícula hay que pagar 350 €. Las cuotas mensuales son de 12 € mensuales a ingresar en los primeros días del año (144 € )

 

 

 

Habilitación deportiva en la Federación Andaluza de Tiro Olímpico.

Como en cualquier otro deporte es necesario estar federado, y para ello hay que pagar una licencia federativa, Los tramites con la Federación Andaluza de Tiro Olímpico se realizan a través del Club.

Para federarse hay que pagar la licencia federativa que tiene una validez de un año, renovándose en los primeros meses de cada año. 

El precio lo estipula la Federación a primeros de año.

 

Si las modalidades que se desean practicar no hacen uso de armas de fuego, si no armas neumáticas, lógicamente no es necesario obtener una licencia de armas de fuego, obteniéndose las guías de estas armas por medio de la policía local del municipio en que se resida.

                    

Obtención de la licencia de armas de fuego.

Este deporte se practica con armas de fuego por personas responsables, y para asegurarse de ello la obtención de la licencia de armas se hace a través de la presentación de una solicitud, en la Intervención de Armas de la Guardia Civil de la localidad del solicitante, acompañando a esta solicitud: Un certificado de ausencia de antecedentes penales (lo solicita la propia intervención de armas),  un certificado médico que refleje que no existe ningún impedimento para la práctica de este deporte, una fotocopia de la tarjeta federativa, una fotocopia del D.N.I. y un certificado de la Federación en el que se certifique el estar capacitado para la práctica de este deporte.

Pero para la presentación de esta documentación es necesario realizar un curso de iniciación en el manejo de armas y su normativa y realizar una prueba teórica (tipo test) y una prueba practica que no tiene una excesiva dificultad que acredita que se ha sido aleccionado sobre el uso seguro de las armas.

Una vez presentada toda la documentación y tramitada por la Guardia Civil, se obtiene  la licencia de tiro deportivo "F" de clase tercera, que nos otorga el derecho a poseer un arma del calibre ".22" tras esto y después de haber participado en tiradas Autonómicas y haber superado la puntuación necesaria, podemos hacer una nueva solicitud por la que nos concederán una nueva licencia (de clase segunda), que nos otorga el derecho a poseer hasta seis armas de cualquier calibre que se utilice en las pruebas deportivas. En las mismas condiciones que la anterior, pero realizando tiradas Nacionales, se puede obtener la licencia de clase primera.

Para la adquisición de un arma de fuego para tiro deportivo es necesario estar en posesión de un armero homologado con el grado de seguridad que en cada momento exija el reglamento vigente.

 

Cuando se adquiere un arma, hay que habilitar este arma como que es de uso deportivo, para ello hay que presentar un certificado emitido por la federación que acredite que este arma está catalogada como arma deportiva. Este trámite no es necesario si el arma ya está catalogada para este uso y proviene de una guía de armas tipo "F". 

La propiedad de un arma de fuego se acredita mediante una guía que hace las veces de D.N.I. del arma, y contiene los datos de su poseedor. Cuando un arma es enviada de un lugar a otro por ejemplo por haberla adquirido en una armería, debe ir de una intervención de la Guardia Civil a otra acompañada de una guía de circulación.

                          

Para más información sobre cómo obtener la licencia de armas podéis visitar http://www.mir.es/segurida/armas/armas.htm. Preguntar en la Intervención de armas más próxima o poneros en contacto con el  Club, donde aclararemos cualquier duda que tengáis.